Requisitos para perforar un pozo artesiano en Ciudad del Este
Qué documentos presenta el propietario, cuáles aporta la empresa perforadora y qué recibís al final del trámite.
Cuando comparás presupuestos para perforar un pozo mirás el alcance, los materiales y el plazo. Casi nunca aparece la pregunta de si la empresa está registrada, porque no es evidente qué cambia eso en la práctica.
Cambia algo concreto: los papeles no son un trámite de la empresa. Son lo que permite que tu perforación llegue hasta el final sin interrupciones.
Para perforar un pozo artesiano en Ciudad del Este hace falta una autorización municipal. Parte de la documentación la presenta el propietario del inmueble y parte la aporta la empresa perforadora. Si falta la de la empresa, el expediente no se puede iniciar.
Qué significa que una perforadora esté registrada ante el MADES
El MADES —Ministerio del Ambiente y Desarrollo Sostenible— lleva un registro de las empresas habilitadas para perforar pozos. Lo administra la DGPCRH, la Dirección General de Protección y Conservación de los Recursos Hídricos.
Inscribirse no es llenar un formulario. La empresa presenta su documentación, se le abre un expediente y recibe una resolución que la reconoce como empresa perforadora.
Y no es una sola vez. Es todos los años, en dos lugares.
La Ordenanza N° 019/2023 de Ciudad del Este establece que la empresa perforadora debe renovar su registro ante el MADES cada año, según la Resolución N° 2155/05. Y además debe presentar esa resolución todos los años ante la División de Saneamiento Ambiental de la Municipalidad.
La misma ordenanza declara que las empresas que no cumplan con ese artículo no pueden realizar ninguna gestión.
ESTEC está registrada como Empresa Perforadora de Pozos ante la DGPCRH del MADES. Eso nos permite cumplir con las normativas legales para la explotación de recursos hídricos y realizar los trámites ambientales correspondientes para la perforación de pozos artesianos.
Trabajamos con maquinaria, equipos y personal propios y no tercerizamos ninguna etapa del proyecto.
Para la mayoría de nuestros clientes ese registro no es un documento que vayan a revisar todos los días. Es simplemente la tranquilidad de saber que la empresa que eligieron puede acompañarlos también en la parte administrativa del proyecto, además de la ejecución de la obra.
Qué habilita ese registro en la práctica
Es justamente acá donde aparece la mayor confusión.
Para obtener la autorización municipal no alcanza solamente con contratar una empresa perforadora. El propietario también presenta parte de la documentación.
En Ciudad del Este los requisitos son los que fija el Anexo 1 de la Ordenanza N° 019/2023. Varían según quién solicita el pozo. En otros municipios el listado puede ser distinto, aunque la lógica es la misma.
LO QUE PRESENTA ESTEC
Esto va en todos los proyectos y no cambia según el cliente.
- Solicitud dirigida al Intendente, especificando el uso del agua
- Proyecto de captación de agua subterránea
- Registro anual de la empresa perforadora en la DGPCRH del MADES
- Registro anual del profesional habilitado por el MADES
- Patente Comercial Municipal actualizada de la empresa
- Plano de ubicación del pozo y del tanque
- Contrato de prestación de servicios con la empresa perforadora
- RIMA y DIA, cuando el uso del agua es comercial o industrial
El RIMA es el Relatorio de Impacto Ambiental y la DIA es la Declaración de Impacto Ambiental. Se rigen por la Ley N° 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental y su Decreto Reglamentario N° 453/13, ampliado por el 954/13. Para un pozo domiciliario no corresponden.
Y una vez otorgada la aprobación, la ordenanza da un plazo de veinte días para presentar el informe técnico del pozo, que también preparamos nosotros.
Lo que presenta el cliente
Depende de quién solicita el pozo.
SI SOS PERSONA FÍSICA
- Título de propiedad del inmueble. Si estás alquilando, el contrato de arrendamiento
- Si estás alquilando, además el permiso del dueño para perforar en su propiedad
- Factura del pago del impuesto inmobiliario municipal, actualizado
- Cédula de identidad del propietario, autenticada
SI SOS UNA EMPRESA PRIVADA
- Título de propiedad del inmueble. Si estás alquilando, el contrato de arrendamiento
- Si estás alquilando, además el permiso del dueño para perforar en su propiedad
- Factura del pago del impuesto inmobiliario municipal, actualizado
- Cédula de identidad del firmante, autenticada
- Patente Comercial Municipal actualizada de la empresa
- Constancia de RUC
- Cédula tributaria
SI SOS UNA COMISIÓN DE AGUA
- Resolución de la Intendencia que aprueba la comisión directiva del año, autenticada
- Cédula de identidad del presidente, secretario y tesorero, autenticada
- Contrato de prestación de servicios con los usuarios
- Factura legal emitida por la comisión
- Último balance anual, aprobado en asamblea
- Cantidad de usuarios, con número telefónico y documento de identidad
- Plano de ubicación del área prestacional, con los pozos y los tanques, aprobado por la ERSSAN —el Ente Regulador de Servicios Sanitarios— y acompañado de su informe pericial
- Planos de distribución de las cañerías, con el dimensionamiento y la ubicación de las llaves seccionadoras, aprobados por la ERSSAN
SI SOS UNA JUNTA DE SANEAMIENTO
- Certificado de aprobación de la junta por la SENASA, el Servicio Nacional de Saneamiento Ambiental, autenticado
- Cédula de identidad del presidente, secretario y tesorero, autenticada
- Contrato de prestación de servicios de suministro de agua con los usuarios
- Factura legal por el servicio de suministro
- Último balance anual, aprobado y autenticado
- Cantidad de usuarios, con número telefónico y documento de identidad
- Plano de ubicación del área prestacional, con los pozos y los tanques, aprobado por la ERSSAN y acompañado de su informe pericial
- Planos de distribución de las cañerías en la vía pública, aprobados por la ERSSAN
SI SOS UNA AGUATERA PRIVADA POR RED DE CAÑERÍAS
- Contrato de prestación de servicios de suministro de agua con los usuarios
- Factura legal por el servicio de suministro
- Patente Comercial Municipal actualizada
- Factura del pago del impuesto inmobiliario municipal, actualizado
- Plano de ubicación del área prestacional, con los pozos y los tanques, aprobado por la ERSSAN y acompañado de su informe pericial
- Planos de distribución de las cañerías en la vía pública, aprobados por la ERSSAN
Si sos persona física, lo tuyo son cuatro documentos que ya tenés en tu casa. El resto lo preparamos nosotros.
Qué recibís
Antes de perforar, cuando el expediente está aprobado, la Municipalidad emite una Constancia de Aprobación de Captación de Agua Subterránea. Lleva los datos de la empresa responsable de la perforación, los del propietario, las coordenadas UTM, la profundidad proyectada y los datos que identifican de manera individual el pozo. Es la autorización para que la máquina entre a tu terreno.
Las coordenadas UTM son la ubicación exacta del pozo dentro del terreno, expresada en metros. Es lo que hace que ese pozo quede identificado de forma única y no se confunda con ningún otro.
Cuando el pozo está terminado te entregamos el informe técnico, el documento que describe tu pozo y queda en tu propiedad con todo lo que se encontró y se instaló durante la obra.
El registro también nos habilita a presentarnos en licitaciones y a ejecutar obras donde el respaldo documental es una condición del contrato: loteamientos, establecimientos industriales, proyectos que después necesitan rendir cuentas.
Por qué una perforación en regla no se detiene
En Ciudad del Este la captación de aguas subterráneas está regulada. El control lo ejerce el Juzgado de Faltas Municipales, que verifica que cada perforación cuente con su autorización.
- Ordenanza N° 019/2023 J.M., que reglamenta la autorización para la captación de aguas subterráneas a través de pozos artesianos, semiartesianos y sondeos en Ciudad del Este
- Ley N° 3966/10 Orgánica Municipal, que fija el procedimiento administrativo y el régimen de sanciones
- Ley N° 294/93 de Evaluación de Impacto Ambiental y sus Decretos N° 453/13 y 954/13
- Resolución N° 2155/05 del MADES, que establece el registro anual de empresas perforadoras y de profesionales responsables
La ordenanza prevé sanciones para las perforaciones sin autorización municipal, además de la suspensión de la obra hasta que el expediente se complete.
Con la documentación presentada desde el principio, no existen riesgos de retraso por problemas administrativos. La perforación empieza, avanza y termina. Cuando la máquina se retira, el pozo queda terminado y el expediente cerrado.
Presentamos nuestra documentación: la solicitud, el proyecto de captación, el plano, el registro del MADES, la patente de la empresa y el registro del profesional responsable. Después aguardamos la aprobación para iniciar.
Y te acompañamos con la tuya. Te decimos exactamente qué copias necesitás y en qué momento, así el expediente entra completo la primera vez.
El proceso de aprobación lleva sus días. Por eso todo esto ocurre antes de que la máquina llegue a tu terreno.
La documentación no reemplaza la experiencia de una empresa perforadora. Pero sí permite que el proyecto avance dentro del marco legal que exige la normativa vigente.
En ESTEC creemos que una obra bien ejecutada también debe estar correctamente documentada. Por eso mantenemos nuestro registro ante el MADES y acompañamos a cada cliente durante todo el proceso administrativo que requiere su proyecto.
SOLICITÁ UNA EVALUACIÓN TÉCNICA
Antes de perforar conviene saber qué documentación necesita tu proyecto y cómo ESTEC puede guiarte en el proceso. Una evaluación técnica lo define desde el principio.
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¿Cuánto cuesta un pozo artesiano en Paraguay? Perforar un pozo artesiano en un terreno pequeño ¿Pozo artesiano o semiartesiano?Contenido elaborado por el equipo técnico de ESTEC Pozos Artesianos, con base en la experiencia de campo y los procedimientos que aplica nuestra empresa en sus obras. Requisitos según la Ordenanza N° 019/2023 J.M. de la Junta Municipal de Ciudad del Este.